VISA E2

La obtención de la visa E-2 y Green Card

Existe una gran variedad de visas por elegir, lo cual le dará a usted la oportunidad de prosperar con su negocio de inversiones. Sin embargo, la visa es netamente proporcionada solo para países específicos. Con la ayuda de Alcoba Law Group, P.A, con abogados expertos en inmigración, usted podrá gozar de
un sinnúmero de privilegios en la mejor economía la de Estados Unidos, misma la cual, se ha convertido en la más dinámica e importante a nivel mundial.

Visión general de la visa E-2

Esta visa es reconocida como la “visa de inversionistas” por tratado comercial. Así mismo, esta visa es asequible para las personas cuyos países madres tengan:

 Tratado comercial con EEUU
 Tratado de Navegación con EEUU

Un dato interesante aquí es que menos de la mitad de todos los países a nivel mundial poseen este tipo de tratado. Sus socios más importantes son sus países vecinos: Canadá y México, hasta finalizar con países más pequeños como lo son Albania y Togo.

Para la obtención de está visa, usted podría contratar a un abogado de inmigración en Alcoba Law Group quienes tienen la experiencia suficiente para guiarlo y aconsejarlo a la hora del cumplimiento de estrictas regulaciones y reglas, las cuales, tendrán que ser aprobadas para conseguir la visa E-2. Su fin es dirigir y administrar su inversión comercial, por lo cual, está visa será de gran utilidad para personas inversionistas comerciales con deseo de vivir en EEUU. En el caso de empezar a generar ganancias, usted puede contar con la adquisición de un negocio ya establecido en el estado de Florida, EEUU. Y lo mejor de todo esto es que no existirá una restricción a la hora de invertir en el negocio.

Requisitos de la visa E-2

Uno de los requisitos más importantes para poder obtener la visa de inversionistas es proporcionar una prueba de ciudadanía, por medio del uso del pasaporte o en caso de no tener pasaporte, mostrar los documentos de identificación nacional. Usted al usar la visa E-2 estará un paso adelante que otros inversionistas comerciales alrededor del mundo, sin embargo, para poder gozar de aquello, su entidad comercial al igual que sus actividades, deben cumplir algunos requisitos.

Propiedad mayoritaria por parte del inversionista E-2:

Como se mencionó en el principio, los requisitos de nacionalidad también se deben aplicar en el
negocio por tratado comercial, mismo el cual deberá tener un 51% de propiedad de la empresa en la que se desea invertir o administrarla. Así mismo, usted tendrá la oportunidad de ser copropietario de la empresa, para ello, el requisito que tiene que cumplir será ser copropietario, es que pueda estar a la par con ciudadanos que tengan contrato comercial, siempre que sus acciones colectivas constituyan la mayoría. No obstante, este requisito no se cumplirá en el caso de que la empresa tenga propiedad mayoritaria con otro país de tratado comercial.

Cuando la empresa estipula que la compañía es de “buena fe” o de “bonafide”, el monto de inversión debe destinarse a una empresa que este operando de manera real, misma la cual esté dedicada a actividades comerciales como lo son la venta o proporción de servicios o bienes. Un factor clave aquí es que la empresa debe generar ingresos en el presente y futuro, descartando así, empresas sin fines de lucro -empresas que no buscan beneficio económico- o a su vez, fuentes de ingresos pasivos como lo son los alquileres.

Por ello, Alcoba Law Group tiene los mejores abogados comerciales, con una experiencia de larga trascendencia, quienes lo ayudarán a elegir la mejor estructura comercial, la cual, pueda estar a fin de sus intereses, pudiendo así obtener la visa de inversionistas en un lapso breve de tiempo. Aquello lo será muy útil ya que, mientras más pronto logre sacar la visa E-2, su negocio se beneficiará en gran medida.

La empresa debe lograr un crecimiento económico, el cual pueda mantener a:
 Al inversor
 Miembros de familia que lo acompañen (cónyuges o hijos)
 Trabajadores de los Estados Unidos

Siendo así que la empresa de ninguna manera pueda calificarse como secundaria o poco importante, dado a que, esta visa está diseñada para la fomentación del creamiento de empleos y desarrollo económico del país. En el caso de que la entidad aún no este en funcionamiento, debe presentar evidencias acerca de que se logrará de alguna manera u otra el crecimiento suficiente del empleo dentro de un plazo de cinco años, los cuales estén ubicados posteriormente al adquirir la visa E-2.

Inversión de una cantidad significativa de capital que ayude a la empresa:

Al haber la posibilidad por parte de la visa de no tener un monto mínimo para conseguirla, el inversionista por tratado comercial debe exponer que el capital de inversión que dará a la empresa es más que suficiente para establecerla, y comenzar a operar, y en el mejor de los casos, comenzar su expansión.

En Alcoba Law Group se lo podrá asesorar a la hora de escoger el mejor tipo de estructura para su negocio, ya que incluso con un monto pequeño de cincuenta mil dólares americanos se puede cumplir con el requisito de la obtención de la visa de inversionistas. Aunque, sin embargo, el monto más
recomendado a invertir es de cien mil a cincuenta mil USD.

Fondos propios de inversión:

Los fondos de inversión para la empresa deben ser estrictamente suyos, ya que debe demostrar que todo el capital está bajo su total control, lo que quiere decir que debe explicar que los fondos no provienen de actividades ilícitas, o ilegales. En el caso de que los fondos estén en una cuenta de entidad financiera, usted deberá explicar que la cuenta que tiene los fondos para invertir está a su nombre por medio de la proporción de documentación que lo verifiquen. O en otros casos, debe demostrar que la cuenta es de su propiedad y administración.

Asumir el riesgo de inversión:

Esto alude a que la empresa no podrá depender de préstamos, ni regalos de otras fuentes de capital, resumiéndolo en el no depender de terceros. Si bien, no es necesario explicar que la empresa vaya a ser un éxito definitivo, usted debe demostrar que existirá un riesgo, ya sea parcial o total de los fondos de la empresa.

La visa E-2 es una temporal, lo que significa que no tiene que mostrar interés por inmigrar a EEUU, y solo se le dará en el período de tiempo en el cual usted lo utilice en la construcción de la empresa, así mismo, en su dirección y administración de la misma. La duración de su estadía se podrá extender al
pasar dos años de manera indefinida, y si usted quiere prolongar el tiempo de estadía en los EEU, deberá demostrar que es con el objetivo de administrar y dirigir su empresa, y que, en última instancia, abandonará EEUU.

En el caso de traer familia/ cónyuge:

La visa E-2 la permitirá a usted traer consigo familia o hijos solteros menores de edad, (-21 años), cada uno deberá presentar una solicitud por separado.

En el caso de residencia permanente:

Como se mencionó antes, a pesar de que la visa es una temporal por el tiempo en el que duren sus actividades económicas relacionadas con su empresa, usted podrá presentar la solicitud para obtener la residencia permanente legal o también conocida como “Green Card”, modificando así su estatus a una visa de inmigrante para su familia e hijos.

En Alcoba Law Group podremos ayudarlo a pasar de la visa E-2 a una Green Card, por medio de un excelente asesoramiento, con abogados comerciales de primera, quienes le explicarán los pasos a seguir para la obtención de la misma. Dado a su largo trayecto profesional a través de los años, este proceso no será complicado ni deficiente, sino al contrario, se lo hará con total transparencia y profesionalidad de por medio. Para más información comuníquese al (305) 362-8118, o escríbanos al
alcoba@alcobalaw.com.

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